10/07/2017
BECAL aclara que para quienes opten por otorgar poder a un familiar o persona de confianza, lo podrán hacer a través de un poder general amplio o poder especial, y las cláusulas especiales lo redactará el escribano según las necesidades del becario o postulante.
Se realiza esta aclaración en virtud a lo dispuesto en el punto 11.5.2 de la Guía de Bases y Condiciones de la 4ª Convocatoria Autogestionadas de Becas de Posgrado.
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